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  • Editor Revista Legal
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  • 18-08-2020

EL RECURSO DE UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA NO PUEDE RECAER SOBRE CUESTIONES FÁCTICAS

Respecto al carácter especialísimo y excepcional del recurso de unificación de jurisprudencia, el tópico materia de éste no puede tratarse de un análisis casuístico.

La Corte Suprema declara inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto toda vez que, uno de los requisitos para su interposición es que respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieran distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos emanados por los Tribunales Superiores de Justicia. Es decir, se debe tratar de un asunto meramente de derecho, evitando el análisis fáctico que, en este caso, no fue posible dado que la temática que se le solicitó conocer a la Excelentísima Corte impide una comparación en lo estrictamente jurídico, declarando, en consecuencia, la inadmisibilidad del recurso.

 



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(doc_381_200902030915.PDF)