EL INGRESO VARIABLE DE UN TRABAJADOR DEBE SER DEVENGADO DIARIAMENTE PARA EFECTOS DE QUE SEA BENEFICIARIO DE LA 'SEMANA CORRIDA'
La Corte Suprema, así como dictámenes de la Dirección del Trabajo, han señalado que, para efectos del cálculo de la semana corrida, respecto de trabajadores con ingresos mixtos, esto es sueldo fijo y variable, esta última debe devengarse diariamente, ser principal y ordinaria.
Con un voto disidente, la Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia presentado por la parte demandante que solicitaba que la Corte se pronunciara respecto de los efectos y alcances del artículo 45 del Código del Trabajo, en particular, respecto de los trabajadores con ingresos mixtos.
Si bien, en primera instancia el 2do juzgado del Trabajo de Santiago acoge la demanda, la Corte concuerda con el fallo de la Corte de Apelaciones, la cual revoca la sentencia y dicta otra de reemplazo. En el caso de autos, y a diferencia de lo planteado por la recurrente, efectivamente sí se debe hacer una distinción en el caso de los trabajadores con ingresos mixtos, ya que el beneficio está condicionado a que los ingresos variables sean devengados en forma diaria, es decir, que el trabajador incorpora a su patrimonio día a día, que tiene derecho a impetrar por cada día de trabajo.
El citado artículo 45, si bien no lo señala en forma expresa, extiende el beneficio a aquellos trabajadores que, contando con un ingreso mensual, la exigencia que la remuneración sea diaria para efectos del beneficio, se verifica respecto del ingreso variable.
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