PARA LA PROCEDENCIA DEL RECURSO DE UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA ES REQUISITO ESENCIAL QUE EXISTAN DISTINTAS INTERPRETACIONES RESPECTO DE UNA MATERIA DE DERECHO
La Excma. Corte Suprema rechaza recurso de unificación de jurisprudencia presentado por el actor quien, en primera instancia, a quien se acogió parcialmente su demanda, rechazándose la denuncia por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del autodespido.
El máximo tribunal determina rechazar el recurso toda vez que la decisión contenida en el fallo de contraste que acompañó el actor se erigió sobre la base de circunstancias diversas, no cumpliéndose el requisito del inciso segundo del artículo 483 del Código del Trabajo. El fallo impugnado dice relación con la violación a la privacidad del actor, quien siempre supo que todos los correos electrónicos corporativos, ya sea recibidos o enviados, generaban en forma automática una copia que ingresaba a la casilla de la gerencia de la empresa. En cambio, en la sentencia acompañada como contraste, la empresa se enteró de un correo electrónico enviado al trabajador, sin que este lo supiera. En juicio se constató que, a diferencia del caso anterior, no había una regulación contractual o habitual respecto de la posibilidad del empleador de acceder a la correspondencia de sus dependientes.
Por lo anterior, la Corte Suprema considera que el fallo acompañado no contiene una interpretación distinta sobre la materia de derecho objeto del juicio, ya que son circunstancias totalmente distintas, por lo que no procede pronunciamiento, rechazando la presentación.