ES NULA LA RESOLUCIÓN QUE CONCEDIÓ POSESIÓN EFECTIVA A PERSONA QUE NO ERA HEREDERA, POR FALLECER ANTES DEL CAUSANTE
La Ilustrísima Corte de Apelaciones anula resoluciones que conceden la posesión efectiva a persona que no podía ser considerada como heredera por fallecer antes del causante, señalando que dichas resoluciones se deben a un error que ha causado perjuicio a los herederos, lo que solo puede ser reparado con la declaración de nulidad, en aquella parte de la resolución que concede la posesión efectiva a la persona fallecida.
Se solicita rectificación de los autos de posesión efectiva de la herencia, dado que en ambas resoluciones se concedió la posesión efectiva a heredera que no podía ser considerada como tal, toda vez, que falleció con anterioridad a los causantes.
Conociendo los antecedentes, la I. Corte de Apelaciones señala que se trata de error incurrido por el Tribunal, que al conceder las posesiones efectivas quedadas al fallecimiento de los causantes a una persona fallecida con anterioridad a la muerte de aquéllos, se ha causado un perjuicio a los herederos, dado que hasta la fecha, no han podido disponer de los bienes heredados, cuestión que solo puede ser reparada con la declaración de nulidad de cada una de las aludidas resoluciones, pero sólo en aquella parte en que se concede la posesión efectiva a la persona fallecida antes nombrada, todo ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 83 del Código de Procedimiento Civil.
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