LA RESOLUCIÓN QUE RECHAZA DECRETAR LA RESERVA DE UN DOCUMENTO, ES UN AUTO DE AQUELLOS QUE ALTERAN LA SUBSTANCIACIÓN REGULAR DEL JUICIO, POR LO TANTO, ES PROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN
La I. Corte de Apelaciones, conociendo de un recurso de hecho, señala que la resolución que rechaza la solicitud de exclusión de la plataforma del Poder Judicial, es decir, que rechaza decretar la reserva del documento, es un auto de aquellos que alteran la substanciación regular del juicio, por lo tanto, es procedente el recurso de apelación conforme lo dispuesto en el 188 del Código de Procedimiento Civil.
Se interpone recurso de hecho contra resolución que negó lugar a recurso de apelación. Es del caso que el actor señala que, durante el término probatorio, la parte demandante acompaño documentos obtenidos desde una carpeta investigativa del Ministerio Público por una causa penal en curso, por lo que se presentó incidente objetando los documentos por ser obtenidos ilegalmente y solicitando excluir esta información sensible y privada del sistema virtual del Poder Judicial, abierto al público en general. El tribunal rechazó de plano el incidente y no dio lugar a la apelación.
El actor recurre, alegando que, la resolución que rechaza la apelación es errada ya que la resolución reviste la naturaleza de interlocutoria que resuelve un incidente otorgando derechos permanentes para las partes, siendo apelable.
Informando el tribunal indica que la apelación era improcedente conforme el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil.
Conociendo del asunto, la Ilustrísima Corte de Apelaciones, señala que la resolución que rechaza decretar la reserva del documento, es un auto de aquellos que alteran la substanciación regular del juicio, por lo tanto, es procedente el recurso de apelación conforme lo dispuesto en el 188 del Código de Procedimiento Civil.
Dado lo anterior, se acoge el recurso de hecho deducido y se concede el recurso de apelación.
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