NO PROCEDE EL RECURSO DE AMPARO ANTE UNA CORTE DE APELACIONES POR SENTENCIA DICTADA POR OTRA CORTE DE APELACIONES
La Excelentísima Corte Suprema conociendo de un recurso de apelación sobre sentencia de la corte de apelaciones que rechazo recurso de amparo señala que no es posible recurrir de amparo ante lo resuelto por la sala de una Corte de Apelaciones, respecto de lo decidido por una diversa, pues una Corte no puede constituirse en revisora de la sentencia pronunciada por otra, por cuanto significaría darle competencia impropia como tribunal superior.
Conociendo de un recurso de apelación respecto de sentencia que rechaza recurso de amparo por ser este intentado contra sentencia de la I. Corte de apelaciones que no dio lugar a la apelación de resolución que no accedió a la modificación de medida cautelar, se señala que no es posible recurrir de amparo ante lo resuelto por la sala de una Corte de Apelaciones, respecto de lo decidido por una diversa, pues una Corte no puede constituirse en revisora de la sentencia pronunciada por otra, por cuanto significaría darle competencia impropia como tribunal superior, lo que afecta seriamente las reglas sobre competencia contenidas en el Código Orgánico de Tribunales, entre ellas la del grado y jerarquía, y puede constituir seriamente una vulneración del artículo 7° de la Constitución Política de la República.
Agrega que el asunto materia del recurso fue conocido en las instancias previstas para ello, por lo que no es posible volver a discutirlo. Dado lo anterior, se declara inadmisible el recurso de amparo intentado.
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