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  • Editor Revista Legal
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  • 05-05-2022

ES ARBITRARIO EL RECHAZO DE LICENCIA MÉDICA SÓLO POR TRATARSE DE PATOLOGÍA CRÓNICA

Conociendo de un recurso de apelación, la I. Corte de Apelaciones señala que es arbitrario que la Superintendencia de Seguridad Social no especifique los fundamentos de su determinación que autorizan a rechazar una licencia médica, toda vez que estos debieron detallarse con mayor rigurosidad, diligencias imprescindibles para objetivar el ejercicio de sus atribuciones y no dejarlo sujeto a la mera discrecionalidad de los entes recurridos, puesto que al hacerlo torna arbitraria su decisión.

 

Se interpone recurso de apelación contra sentencia de la I. Corte de Apelaciones que rechazó recurso de protección interpuesto en contra de Superintendencia de Seguridad Social, por haber dictado ésta última, resolución que confirmó el rechazo de las licencias médicas de la actora por ser de carácter crónico e insuperable.

Al respecto la Ilustrísima Corte señala que el fundamento esgrimido por la recurrida no resulta suficiente para entender la verdadera razón por la cual se le niega el derecho al reposo prescrito a la actora.

En consecuencia, la conducta del organismo recurrido no se ajustó a la normativa, por no especificar los fundamentos de su determinación que autorizan a negar el subsidio solicitado. Es precisamente esta circunstancia la que torna el actuar como arbitrario y dado lo anterior, se revoca la sentencia apelada y en su lugar se acoge el recurso de protección.



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(doc_703_220728010730.PDF)