EL BENEFICIO DE 'SEMANA CORRIDA' ES PROCEDENTE TAMBIÉN PARA AQUELLOS TRABAJADORES CON INGRESO MENSUAL Y VARIABLE
Gracias a la modificación de la ley 20.281, son beneficiarios del pago por los días de descanso los trabajadores con ingresos mixtos, pero no siendo requisito que la parte variable de su ingreso sea devengado en forma diaria.
La Excma. Corte Suprema rechaza recurso de unificación de jurisprudencia presentado por la parte demandante y por la demandada de autos. Respecto del recurso de la parte demandante, este se rechazó por un tema de forma toda vez que la solicitud de declarar la nulidad del despido por el no pago de las cotizaciones correspondientes a los ingresos por semana corrida no fue parte del recurso de nulidad en sí no fue mencionado en los alegatos correspondientes.
En cuanto al recurso presentado por la demandada, este dice relación con la procedencia del pago de “semana corrida” establecido en el artículo 45 del Código del Trabajo, señalando que, dado que el ingreso variable de la trabajadora es una comisión que se devenga mensualmente y no a diario como lo exigiría la ley, no corresponde su pago.
En principio, este artículo fue pensado para trabajadores con ingresos diarios. Luego de la modificación, si bien es cierto el artículo 45 no señala en forma expresa que para que los trabajadores con ingresos mixtos puedan acceder al beneficio la remuneración variable debe ser devengada en forma diaria, si señala la frase “tienen igual derecho”, lo que significa que les concede el beneficio a pesar de tener un ingreso mensual fijo, por lo que la exigencia de que la remuneración variable se deba generar en forma diaria no es tal para estos casos, por lo que se termina rechazando también el recurso.
Descargar Archivo (Sentencia) Acá (doc_775_220922040936.PDF)