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  • Editor Revista Legal
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  • 02-02-2023

FORMULACIÓN DE CARGOS EN SUMARIO ADMINISTRATIVO ES UN ACTO INTERMEDIO QUE NO CONTIENE UNA DECISIÓN DEFINITIVA, POR LO QUE NO ES SUSCEPTIBLE DE IMPUGNARSE EN SEDE DE UN RECURSO DE PROTECCIÓN

La E. Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Puerto Montt y rechazó el recurso de protección interpuesto por un funcionario  público en contra de la Contraloría Regional de Los Lagos, por haberle formulado cargos en un sumario administrativo. El recurrente conserva la totalidad de los derechos para ejercer su defensa; tales como formular descargos, defensas y pruebas e incluso, impugnar el acto terminal si lo estima pertinente.

Se interpone Acción de Protección debido a que la fiscal instructora cita a declarar presencialmente al actor, en circunstancias de que se encontraba teletrabajando y su mujer había dado positivo al Covid-19, y al no asistir a declarar, la fiscal sigue adelante con su procedimiento prescindiendo de la declaración del actor, vulnerando su derecho a la igualdad ante la ley y de defensa, por lo que solicita dejar sin efecto el acto impugnado. La Corte de Puerto Montt acoge el recurso, decisión apelada por la recurrida.

La Corte Suprema revocó la sentencia en alzada. Concluye que la acción interpuesta por el funcionario no puede prosperar ya que le falta el presupuesto fundamental para la Acción de Protección, “que el acto denunciado tenga la aptitud de privar, perturbar o amenazar el legítimo ejercicio de los derechos y garantías constitucionales resguardados mediante este recurso de naturaleza cautelar”. Eso no ocurría en el caso en comento, ya que la formulación de cargos de la fiscal es un acto intermedio que forma parte de un procedimiento administrativo que pretende llegar, como acto final, a determinar la responsabilidad de un funcionario público, y el acto impugnado no es de esa naturaleza.



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(doc_873_230206070259.PDF)