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  • Editor Revista Legal
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  • 23-02-2023

EL ALLANAMIENTO DE LA EJECUTANTE A LA EXCEPCION DE PRESCRIPCION REPRESENTA UNA MANIFESTACIÓN DE VOLUNTAD DE DICHA PARTE Y UN RECONOCIMIENTO EXPRESO DE LOS HECHOS QUE SUSTENTAN LA EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN

La I. Corte de Apelaciones conociendo un recurso de apelación señala que el allanamiento de la parte ejecutante representa una manifestación de voluntad de dicha parte y un reconocimiento expreso de los hechos que sustentan la excepción de prescripción y de falta de fuerza ejecutiva impetradas, de manera se debe acoger la excepción de prescripción.

 

Se interpone recurso de apelación, contra sentencia que rechaza excepción de prescripción opuesta por la demandada. Se señala que la ejecutante se allanó a la excepción de prescripción opuesta, solicitando no ser condenada al pago de costas.

Que, el allanamiento de la parte ejecutante representa una manifestación de voluntad de dicha parte y un reconocimiento expreso de los hechos que sustentan la excepción de prescripción y de falta de fuerza ejecutiva impetradas, de manera que no existían hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos y correspondía entonces, acoger la excepción de prescripción que ha sido opuesta de manera principal sin que deba emitirse pronunciamiento sobre la excepción subsidiaria de falta de requisitos del título.

Dado lo anterior, se revoca la sentencia y, en su lugar, se declara que se acoge la excepción de prescripción opuesta.



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(doc_883_230226010259.PDF)