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  • Marco Lillo
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  • 22-03-2017
Corte de San Miguel

Prescripción de cobro de peaje

Pago de peaje o tarifas por uso de vías concesionadas prescribe acorde normas generales

La obligación es el pago de peaje o tarifas por el uso de las vías concesionadas, las que en el caso en análisis, se devengaron entre el 15 de abril de 2011 y el 14 de mayo del mismo año y la acción de cobro establecida en la Ley de Concesiones se refiere a los mismos, por lo que de acuerdo a lo establecido en el artículo 2515 del Código Civil, a la fecha de la demanda, 16 de mayo de 2016, notificada el 21 de junio de igual año, se encontraba prescrita, por haber transcurrido más de cinco años.

Que con lo concluido, no se comparte el argumento de la demandante, vertido en estrado, en relación a que mientras haya tránsitos y cobros mensuales la deuda “se va renovando” (Corte de Apelaciones de Santiago, 20 de marzo de 2017, Rol 187-2017).