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  • Editor Revista Legal
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  • 12-05-2023

INCLUIR FACTURAS FALSAS DENTRO DE LA CONTABILIDAD, ES CONSTITUTIVOS DE LOS DELITOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 97 N° 4 INCISOS PRIMERO Y SEGUNDO DEL CÓDIGO TRIBUTARIO

Conociendo de un recurso de apelación, señala la I. Corte que será constitutivo de los delitos establecidos en el artículo 97 N°4 incisos primero y segundo del código tributario, realizar maniobras destinadas precisa y reiteradamente a evadir impuestos, mediante la simulación de operaciones comerciales afectas al Impuesto al Valor Agregado, incorporando facturas falsas.

 

Se interpone recurso de apelación contra sentencia que desestimó el acta de denuncia del servicio de impuestos internos en la que se le imputó a contribuyente las infracciones contempladas en el artículo 97 N° 4, incisos primero y segundo del Código Tributario. Conociendo los antecedentes, la I. Corte de Apelaciones señala que el infractor denunciado se encuentra en el segmento de “Pequeña Empresa” y el tipo jurídico adoptado es el de Sociedad por Acciones, estando obligado a emitir facturas de venta o boletas, por todos los servicios y ventas que realiza.


Que, de los elementos de convicción, acompañados mediante acta de denuncia, señala la I. Corte que es posible establecer que el contribuyente incluyó en su contabilidad IVA crédito fiscal 29 facturas falsas, lo que es constitutivos de los delitos establecidos en el artículo 97 N° 4 inciso primero y segundo del Código Tributario.  Agregan que la conducta desplegada por el denunciado es dolosa, desde que realizó un conjunto de maniobras destinadas precisa y reiteradamente a evadir impuestos.

Dado lo anterior, se revoca la sentencia apelada, que desestimó el acta de denuncia y en su lugar, se decide que se CONFIRMA la referida acta.



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(doc_915_230517030522.PDF)