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  • Editor Revista Legal
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  • 01-06-2023

CORTE DE SANTIAGO CONFIRMA MULTA A EMPRESA DE SEGUROS POR NO INFORMAR CAMBIOS SOCIETARIOS DE LA EMPRESA

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad presentado por la Compañía de Seguros Generales Cyyyyyy S.A. en contra de la resolución exenta que la sancionó con una multa de 500 UF por no informar a la autoridad fiscalizadora, los cambios societarios de la empresa. El Tribunal de alzada descartó actuar arbitrario e ilegal de la Comisión para el Mercado Financiero al aplicar la sanción.

Una compañía de seguros presentó un reclamo de ilegalidad contra una multa impuesta por no informar cambios societarios a la autoridad fiscalizadora. La compañía argumentó que la adquisición de acciones por parte de un accionista fue realizada como agente oficioso en nombre de una sociedad anónima. Sin embargo, el tribunal determinó que no se presentaron pruebas de que el accionista actuara como agente oficioso y que no se reflejaba en el registro de accionistas. Además, se señaló que la agencia oficiosa requiere una declaración de voluntad externa para crear obligaciones. Por lo que se descartó la existencia de una agencia oficiosa y se afirmó que la información oportuna y clara es crucial en un mercado regulado. Según la ley de seguros, las compañías de seguros deben informar a la Superintendencia de Seguros cualquier cambio de propiedad accionaria que involucre que un accionista pase a poseer una participación igual o superior al 10% del capital. La compañía de seguros respectiva no cumplió con la obligación de informar los cambios societarios pertinentes, lo cual fue considerado una infracción. Se rechazó la alegación de que la compañía de seguros y que la sociedad anónima actuaba alineada, ya que no se presentaron pruebas de un pacto o acuerdo de actuación conjunta. Así entonces, Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad, respaldando la resolución exenta que impuso la multa de 500 UF a la compañía.



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(doc_921_230601040644.PDF)