|
|
REVISTA LEGAL Mayo 2020-14 |
|
|
|
|
|
|
|
"El nuevo coronavirus podría no irse nunca" (Mike Ryan,Director de Emergencias Sanitarias de la OMS)
En algunas partes del mundo han comenzado a reevaluar las medidas adoptadas para retornar paulatinamente a la vida laboral, aunque diferente a como era antes de la crisis sanitaria, debido a que el fantasma de un rebrote, y quizás hasta de un tercero, que rondaba en la mayoría de aquellos países que flexibilizaron las restricciones para reactivar la economía, efectivamente surgió y, se han empezado a registrar nuevos casos de contagios por Covid-19, como en China, Alemania, Corea del Sur y Singapur, entre otros. (Ver Más).
|
|
|
|
|
|
|
LA SANCIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 162 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO ES APLICABLE A LA EMPRESA PRINCIPAL
Respecto de los regímenes de subcontratación, la Corte Suprema en los últimos años ha sido categórica al señalar que la empresa principal no puede ampararse en la limitación que establece el artículo 183-B del Código del Trabajo. (Ver Más).
|
|
|
|
|
|
|
LA MERA TOLERANCIA ES ESENCIAL EN LA FIGURA DEL PRECARIO. SI EXISTE CONSENTIMIENTO TRANSFORMA LA RELACIÓN EN UN COMODATO O PRÉSTAMO DE USO
La Excelentísima Corte Suprema acogió un recurso de casación en el fondo, esgrimiendo que no existía precario porque, entre la madre dueña de la casa y la ocupante, su hija, no existía la mera tolerancia, sino un contrato de comodato precario contemplado en artículo 2.194 del Código Civil. (Ver Más).
|
|
|
|
|
|
|
RECURSO DE PROTECCIÓN NO ES LA VÍA IDÓNEA PARA ALEGAR INFRACCIONES A LA OBLIGACIÓN DEL EMPLEADOR DE PROTEGER LA SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES EN EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES
La Corte de Apelaciones conociendo un recurso de protección interpuesto por el sindicato de trabajadores en contra de su empleador fundado en que no cumpliría con el deber de proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, señala que no puede prosperar el recurso toda vez que la protección de los trabajadores es competencia tanto de la Inspección del Trabajo como de los Juzgados de Letras del Trabajo, apartándose así de la finalidad cautelar del recurso. (Ver Más).
|
|
|
|
|
|
|
LA OBLIGACIÓN DE RENDIR CUENTA POR PARTE DE QUIEN TIENE LA CALIDAD DE COMUNERA SURGE EN VIRTUD DEL ENCARGO NO DE SU CALIDAD DE TAL
La Corte de Apelaciones de Concepción conociendo de un recurso de apelación establece que la obligación de rendir cuenta en el caso de los comuneros surge en virtud del encargo y no por su calidad de comunera-coheredera. Reconocida la administración de bienes, ésta debe regirse por las normas del mandato, el que lleva consigo la obligación de rendir cuenta. (Ver Más).
|
|
|
|
|
|
|
SE DECLARA EXTEMPORÁNEO RECURSO CUANDO FUE INTERPUESTO EN DOS OCASIONES ANTERIORES FUNDADO EN LOS MISMOS HECHOS
La Corte de Apelaciones de Arica conociendo un recurso de protección en contra del sindicato de taxistas por no permitir la incorporación de la recurrente, señala que éste se habría intentado en dos oportunidades anteriores y fundado en los mismos hechos por lo que resulta extemporáneo. (Ver Más).
|
|
|
|
|
|
|
SE DEBE REALIZAR UN JUICIO DECLARATIVO DE RENDICIÓN DE CUENTAS SI EL DEMANDADO NIEGA SU OBLIGACIÓN DE RENDIRLA
La Corte Suprema señala que si el demandado niega su obligación a rendir cuenta por la inexistencia de mandato entre las partes, previo a realizarse el juicio de rendición de cuentas propiamente tal, debe realizarse un juicio declarativo de rendición en el cual se declarará si existe o no la obligación de rendir cuenta por parte del demandado. Se deduce por el demandante recurso de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones que, conociendo del recurso de casación en la forma interpuesto por el demandando, revocó el fallo del tribunal de primera instancia, desestimando la solicitud de designación de juez árbitro. (Ver Más).
|
|
|
|
|
|
|
|
TRANSPARENCIA EN ASOCIACIONES EMPRESARIALES Y GREMIALES
El principio de transparencia y el derecho de acceso a la información pública persiguen el perfeccionamiento y profundización del sistema democrático, fomentando la confianza, la participación y el control ciudadano sobre las instituciones públicas y la gestión estatal. Dichos objetivos son aplicables a ciertas organizaciones privadas que, por su rol o relevancia, ocupan un espacio en el contexto social equiparable a un organismo gubernamental y requieren para el cumplimiento de sus fines de legitimación y conexión ciudadana. (Ver Más)
|
|
|
|
|
|
|
ALERTA LEGAL: NORMATIVA, NOTICIAS Y COMUNICADOS COVID-19
- 17/04/2020 Se dicta nuevo “Instructivo Cuarentena” actualizado al 20 de abril de 2020 firmado por los Ministros del Interior y Seguridad Pública y Defensa Nacional. Resumen de permisos temporales.
- 20/04/2020 Dictamen Nº 8.113 de la Contraloría General de la República
- 05/05/2020 Dictamen Nº 4.798 de la Contraloría General de la República acerca del contrato de arriendo de “Centro de Eventos Espacio Riesco” para atención sanitaria por Covid-19
- 07/05/2020 MINSAL aprueba venta de medicamentos por internet.
- 08/05/2020 CMF informa cambios a norma sobre acreditación de conocimientos.
- 08/05/2020 Biblioteca del Congreso Nacional actualizó explicación sobre la paridad de género e independientes en el proceso constituyente.
- 12/05/2020 CMF pone en consulta norma que simplifica el proceso de inscripción de tíulos deuda.
- 12/05/2020 Cámara aprueba veto al proyecto que concede un ingreso familiar de emergencia (Boletín Nº 13461-31)
- 12/05/2020 Comunicado de prensa del Banco Central de Chile sobre aprobación de línea de crédito flexible para Chile por US$ 23.800 millones por el FMI.
- 13/05/2020 Ministerio de Salud decreta cuarentena total para la ciudad de Santiago y seis comunas aledañas
- 13/05/2020 Congreso aprueba reforma constitucional que entrega a órgano externo reducción de rentas de autoridades políticas.
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
¿QUIENES SOMOS?
|
|
Somos una oficina de abogados integrada por un conjunto de profesionales que comprende que la plena satisfacción de los intereses de nuestros clientes sólo se puede lograr a través de un trabajo en equipo y en forma multidisciplinaria
|
|
|
|
|
|
|
|
© 2020 LOT & CÍA. ABOGADOS
|
|
|
|