La Ilustrísima Corte de Apelaciones conociendo de un recurso de apelación se pronuncia sobre la procedencia de aplicaciones de intereses sobre las multas cuando esto no ha sido acordado por la comunidad. Señala que es improcedente tanto por falta de acuerdo como por lo señalado en el artículo 5° de la Ley 19.537, ya que solamente se prevé el pago de intereses sobre el monto de gastos comunes adeudados, sin incluir las multas que se han cobrado por su mora.
Leer másLa I. Corte de Apelaciones conociendo de un recurso de apelación se pronuncia sobre la exclusión de prueba, señalando que de conformidad a lo establecido en el artículo 276 del Código Procesal Penal, la exclusión probatoria es una decisión judicial excepcional que supone un previo control procesal, por parte del Juez de Garantía, en la etapa intermedia, que tiene por finalidad la realización de un juicio legítimo, pertinente y eficiente, ante el tribunal del fondo, siendo la regla general la admisión y la excepción la exclusión.
Leer másLa vía idónea para la recuperación de la especie incautada no es el ejercicio de acción cautelar de acción de protección, sino que se debe dirigir la petición ante Fiscalía Local que ha ordenado las gestiones investigativas respectivas, quien es la autoridad competente para resolver sobre la devolución del equipo.
Leer másLa Excelentísima Corte Suprema conociendo de un recurso de apelación sobre un recurso de protección señala que en al artículo 4 de la Ley Nº 19.537 y habiéndose regulado en el reglamento de copropiedad expresamente la proporción en que cada unidad debe contribuir al pago de los gastos comunes, es ilegal y arbitrario aumentarlos unilateralmente.
Leer másLos tribunales competentes son quienes, a falta de acuerdo entre los contratantes, están facultados para dar por terminado un contrato de arrendamiento cuyo plazo aún se encuentre vigente.
Leer más"La incautación es una medida intrusiva que afecta el derecho de propiedad del titular del bien respectivo, contemplado en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República"
Leer másDe acuerdo a la Corte Suprema, este tipo de modalidad de prestación no confiere al que los desarrolla calidad de funcionario público, siendo los derechos que lo asisten los que le confiere el mismo contrato, salvo que las funciones se excedan a lo anteriormente señalado, revelando un vínculo laboral regulado por el Código del Trabajo
Leer másLa naturaleza imponible de las cotizaciones está determinada por ley, la cual se presume conocida por todos, por lo que una remuneración siempre cargó con la obligación del pago de estas por parte del empleador; de deducirlas y enterarlas en los organismos previsionales.
Leer másLa Excma. Corte Suprema concluye la procedencia de la acción de despido indirecto si se comprueba que el empleador no pagó durante el tiempo que se extendió la relación laboral las cotizaciones de seguridad social, aunque esta haya sido declarada judicialmente.
Leer másLa Ilustrísima Corte de Apelaciones conociendo de un recurso de apelación señala que el plazo del artículo 506 ter del Código del Trabajo es de días hábiles, por tanto, negarse a tramitar un recurso dentro de plazo por considerar que dicho plazo es de días corridos es un actuar ilegal, ya que se ha dado un trato discriminatorio que no puede ser aceptado
Leer másLa I. Corte de Apelaciones conociendo de un recurso de hecho señala que el artículo 67 n° 2 de la Ley N° 19.968 dispone qué resoluciones serán apelables, no encontrándose en dicha hipótesis aquella que aplica una multa ascendente a una UTM a la madre por su conducta.
Leer másEl cobro comunicado extrajudicialmente al actor por parte de Concesionaria Autopista Vespucio Sur S.A persigue obligaciones posteriores al inicio del procedimiento concursal, por lo que no se ha lesionado ningún derecho o garantía consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.
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