No es factible considerar la existencia de un derecho cierto e indubitado en favor del recurrente que sea necesario cautelar, pues la imposición de la multa respectiva se hizo al amparo de lo dispuesto en la Ley de Extranjería, previo informe redactado por la Policía de Investigaciones.
Leer másEn un fallo que va en contra de lo que últimamente la jurisprudencia había asentado, se acoge recurso de unificación de jurisprudencia y se señala que la sola invocación de la causal de necesidades de la empresa permite aplicar las reglas del artículo 13 de la Ley 19.728, independiente de la calificación judicial que posteriormente se le otorgue al despido.
Leer másLa Excma. Corte Suprema rechaza recurso de unificación de jurisprudencia presentado por el actor quien, en primera instancia, a quien se acogió parcialmente su demanda, rechazándose la denuncia por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del autodespido.
Leer másEn virtud de una acción de reclamación, la Ilustrísima Corte se pronuncia sobre la facultad de los tribunales de justicia para revisar, por la vía de la reclamación, las sanciones que imponga la autoridad sanitaria, agregando que si de los antecedentes, aparece indubitado que la altura desde la que cayó el trabajador no supera los 1.80 metros, aun cuando la Asociación Chilena de Seguridad informe que el accidente ocurrió a una altura superior, no procede la multa por no cumplir con circular N°2345/07.
Leer másLa Ilustrísima Corte conociendo de un recurso de apelación señala que, habiendo tres causas probables del incendio, y sin que exista certeza acerca de la causa u origen del incendio, no resulta posible imputar dolo o culpa a la parte demandada y en este último caso, si hubo actuación o comportamiento negligente.
Leer másLa Excelentísima Corte Suprema, conociendo de un recurso de nulidad señala que, si la parte cuenta con privilegio de pobreza, esta se encuentra exenta del pago del importe regulado en el artículo 165 N°5 del Código Orgánico de Tribunales, de modo que no correspondía que éste le fuera exigido para efectos del ejercicio del derecho a suspender la vista de la causa.
Leer másLa Excelentísima Corte Suprema conociendo de una apelación sobre un recurso de protección señala que vulnera el artículo 19 numeral 2 de la Carta Fundamental la decisión del Servicio de Registro Civil e Identificación de advertir al recurrente que no le renovará su cédula de identidad en los mismos términos que lo venía haciendo por más cinco décadas, toda vez que afecta la confianza legítima.
Leer másAl encontrarse los fondos previsionales ordenados por la Ley agotados, hace que lo pretendido por quien solicita el amparo constitucional careza del carácter de derecho indubitado, requisito sine qua non para acceder a lo solicitado en el presente recurso.
Leer másCorte de Apelaciones de Santiago ordena revocar resolución dictada por Centro de Medidas Cautelare de Santiago, en la parte que declaró la existencia de hechos constitutivos de maltrato habitual, la incompetencia del tribunal de familia y ordena remitir los antecedentes al Ministerio Público y en su lugar decide que un juez no inhabilitado proceda a citar a las partes a una audiencia preparatoria, otorgando, por tanto, la tramitación regular de la causa. Además de dejar sin efecto las medidas cautelares decretadas.
Leer másLa Ilustrísima Corte de Apelaciones conociendo de un recurso de apelación señala que la presencia de terceros que se oponen a la gestión del artículo 1037 del Código Civil, no transforma el procedimiento en contencioso, toda vez que dicha gestión tiene como único objeto poner el testamento verbal por escrito. Los terceros solo podrán impugnar el testamento, una vez protocolizado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1040 del mismo cuerpo legal.
Leer másLa Excelentísima Corte Suprema rechaza recurso de unificación de jurisprudencia, señalando que es improcedente el descuento realizado por el empleador de los montos aportados al seguro de cesantía cuando el tribunal ha declarado que el despido es injustificado.
Leer másLos contratos a honorarios que firman los Órganos de la Administración del Estado fueron suscritos al amparo de un estatuto legal que les otorgaba una presunción de legalidad que los deja fuera de la hipótesis para la aplicación de la sanción que contempla el art. 162 del Código del Trabajo.
Leer más